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Recursos de Economía y Desarrollo
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45 · Impuesto

Contabiliza en el LIBRO DIARIO las operaciones básicas de una pequeña empresa hasta final de año​

6. IMPUESTOS: Analiza las obligaciones fiscales y los procedimientos para cumplir con ellas.

  • DEBE: IVA Repercutido en las ventas/ingresos (saldar cuenta como ING.)
  • HABER: IVA Soportado en las compras/gastos (saldar cuenta como GAS.)
  • En el lado con menor cuantía: Hacienda Pública (o acreedora o deudora)

Escuchamos

La LIQUIDACIÓN DE IVA se contabiliza en cuentas de balance:

  • Hacienda Pública Acreedora: si tenemos obligación de pago (pasivo corriente)
  • Hacienda Pública Deudora: si tenemos derecho de cobro (activo corriente)

Quienes ejercen actividades económicas tienen diversas OBLIGACIONES FISCALES, entre las que destacan estas:

  • IVA “Impuesto sobre el Valor Añadido” – Las empresas actúan como recaudadoras para Hacienda al repercutir este impuesto en sus ventas, pero también pueden deducir el impuesto soportado en sus adquisiciones. El tipo más habitual es el 21%, aunque los bienes y servicios más esenciales pueden ir al 10%, al 4% o incluso estar exentos. La liquidación se suele hacer trimestralmente en las PYMES y puede salir a pagar o a devolver (en cuyo caso se acumula el cobro hasta final de ese año). La fecha límite de presentación es el día 20 del mes siguiente a la finalización de cada trimestre, es decir, los días 20/01 – 20/04 – 20/07 – 20/10.
  • IS “Impuesto de Sociedades” – Lo declaran las empresas societarias por el beneficio obtenido a lo largo de todo un año natural, al tipo general del 25%. La fecha límite es hasta 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del ejercicio contable, p.ej. si el cierre fue el 31/12, hasta el 25/07.
  • IRPF “Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas” – Sustituye al IS si la forma jurídica es empresario individual y le obliga a hacer ingresos trimestrales de pagos fraccionados. Además, las empresas societarias y las personas autónomas también tienen que hacer liquidaciones en caso de que hayan aplicado retención a su personal laboral al calcular sus nóminas o a aquellos proveedores que tengan la condición de autónomos y reflejen dicha retención en sus facturas. La fecha límite de presentación es el día 20 del mes siguiente a la finalización de cada trimestre.
  • IBI “Impuesto sobre Bienes Inmuebles” – Se paga anualmente a la Diputación Provincial por cada propiedad inmobiliaria a fecha 01/01, con liquidación en abril.
  • ITPAJD “Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídico Documentados” – Se paga en los 30 días siguientes a la venta de un activo o a la realización de un acto que suponga la constitución de derechos reales (p.ej. préstamos, fianzas, arrendamientos, etc.) 

La FISCALIDAD VERDE es el sistema de impuestos de un territorio que tiene por finalidad proteger el medioambiente y los recursos naturales modificando el precio de determinados bienes o servicios. Los productos perjudiciales se cargan con una ecotasa y los productos beneficiosos se abaratan al tener una reducción impositiva (p.ej. bonificación del impuesto de matriculación para vehículos no contaminantes). Al internalizar sus efectos perniciosos, las empresas contaminantes y sus clientes soportan un precio mayor y el dinero recaudado por el estado puede dedicarse a la conservación ambiental. 

La ECONOMÍA SUMERGIDA se refiere al conjunto de actividades económicas que no se declaran y que pueden estar relacionadas con productos ilícitos (drogas, trata…), productos de contrabando (tabaco, medicamentos…), contratación laboral opaca (sin cotización a la seguridad social) o realización de servicios sin emitir factura (para evitar impuestos). Suelen emplear dinero en efectivo o criptomonedas para no dejar rastro. Sus EFECTOS perjudican a distintos colectivos:

  • Expulsan a las empresas legítimas, que no pueden competir en precio.
  • Reducen la recaudación del estado, que tendrá que subir impuestos o quitar servicios.
  • Desprotegen a sus clientes, que no pueden reclamar ante falsificaciones o averías
  • Desprotegen a sus trabajadores, que no tienen cobertura social de paro, baja…

Es conveniente aumentar el grado de EDUCACIÓN FISCAL CÍVICO-TRIBUTARIA en las etapas escolares obligatorias y también entre la clase empresarial para promover una mayor responsabilidad ciudadana ante el pago de impuestos.

Las empresas son responsables de EVITAR LA ECONOMÍA SUMERGIDA mediante la correcta documentación de sus facturas (con IVA e IRPF), la contratación de personal (cotizando las horas reales de trabajo) y la eliminación de efectivo en pagos mayores a 1.000 € (que por ley deben hacerse a través del banco).

Observamos

EJEMPLO DE LIQUIDACIÓN DE IVA A INGRESAR

EJEMPLO DE LIQUIDACIÓN DE IVA A COMPENSAR O DEVOLVER

7.6. Analiza las obligaciones contables y fiscales y los procedimientos para cumplir con ellas, en líneas generales.